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Régimen de protección de los usuarios

Como usuario de servicios de comunicaciones te protege el Régimen de Protección de los Derechos de los Usuarios de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (Resolución CRC 5050 de 2016, Título II). Este es un resumen; el texto completo está en el sitio de la CRC.

1. Tus derechos principales

2. Dónde presentar una PQR

3. El CUN

Cada PQR recibe un Código Único Numérico (CUN). Con él puedes hacer seguimiento a tu solicitud y, si hace falta, acudir a la SIC. Te lo enviamos a tu correo a más tardar el día hábil siguiente a la presentación.

4. Plazo de respuesta

Respondemos tu PQR en un máximo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente a su presentación. Si no respondemos a tiempo, opera el silencio administrativo positivo: se entiende que la decisión es a tu favor y debemos cumplirla.

5. Si no estás de acuerdo con la respuesta: reposición y apelación

  1. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de nuestra respuesta, puedes presentar el recurso de reposición ante DIRECTIBU S.A.S. y, en subsidio, el de apelación. Basta con decirlo en el mismo escrito.
  2. Resolvemos la reposición en un máximo de quince (15) días hábiles.
  3. Si la decisión no te favorece total o parcialmente, enviamos el expediente a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que resuelve la apelación. No tienes que hacer un trámite adicional.

Más información en la SIC y en la CRC.